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¿Están sus asuntos en orden en el desafortunado caso que quede incapacitado o muera?

Como abogado de planificación de bienes y validación de testamento, frecuentemente me preguntan “¿Qué documentos legales necesito en caso de incapacidad o muerte? Hay varios documentos que yo recomiendo que cada persona tenga, ya esté soltero/a, casado/a o viviendo en una relación con su pareja. Aquí hay unos cuantos documentos que recomiendo que toda persona tenga:

  1. Testamento Activo y/o Substituto para el Cuidado de Salud – Su substituto para el cuidado de salud puede hacer decisiones en su lugar cuanto usted no pueda participar en las decisiones sobre su tratamiento médico. Un Testamento Activo provee sus deseos sobre el tratamiento al terminar su vida si uno tiene una condición terminal, una condición en la etapa final, o está en un estado vegetativo permanente.

  2. Poder Duradero de Representación – Documento donde usted delega a otra persona, su agente, las responsabilidades financieras y médicas. Un poder duradero de representación es efectivo inmediatamente y continúa en efecto aún si usted se encuentra incapacitado, a menos que usted lo limite a que sea efectivo solamente si usted está incapacitado.

  3. Designación y/o Nombramiento de Guardián para Hijos Menores – Si usted tiene hijos menores (menos de 18 años), usted puede designar y/o nombrar a quién usted desee que sea el guardián de su hijo y/o hijos. La corte revisa sus deseos al determinar quién debe ser nombrado guardián de los hijos menores en el caso donde mueran los dos padres y/o guardianes legales. La corte no está sujeta por nuestra designación y/o nombramiento, pero frecuentemente siguen sus deseos expresados en este documento el cual se radica en la corte.

  4. Testamento y Última Voluntad – Documento que no es efectivo hasta su muerte. No se radica en la corte hasta después de su muerte. Este documento expresa sus deseos sobre el nombramiento de su representante personal para que se ocupe de los asuntos de su herencia y establece cómo y a quién usted desea que se le distribuyan sus bienes. Bajo la ley de la Florida, si usted no tiene un Testamento, entonces sus bienes pasan automáticamente a miembros de su familia, de acuerdo con el Capítulo 732, de los Estatutos de la Florida. No todos los bienes están incluidos en sus bienes hereditarios y es importante discutir esto con un abogado al preparar un Testamento.

Estas son solamente algunas de las opciones para cada adulto residente de la Florida. No es nuestra intención que esta lista sea completa y usted debe preguntarle a su abogado sobre todas las otras opciones disponibles para usted o que puedan satisfacer sus necesidades específicas.

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