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¿Hay un límite de tiempo para radicar mi reclamación de compensación laboral?

Una Petición de Beneficios bajo la Ley de Compensación Laboral de la Florida se puede radicar dentro de dos (2) años de la fecha del accidente o dentro de dos (2) años de la fecha en que usted supo o debía haber sabido que sus lesiones eran el resultado de un accidente laboral o actividades laborales.

Después que hayan pasado dos (2) años de la fecha del accidente, si usted está recibiendo tratamiento médico autorizado, entonces tiene un (1) año entre el tratamiento médico autorizado para radicar una reclamación.

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