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He sido lastimado en el trabajo. ¿La compensación laboral es mi único remedio?

La mayor parte del tiempo, la compensación laboral es su único remedio cuando ha sufrido un accidente en el trabajo. Sin embargo, la Sección 440.11(1)(b)(2) provee que el empleador puede ser responsable por accidentes que vayan más allá de la cobertura de compensación laboral si lo siguiente aplica:

El empleador conocía que había un peligro. El requisito de conocer el peligro se puede justificar si hubieron accidentes similares o avisos explícitos con referencia a la posibilidad de un accidente;

El no avisar sobre el peligro puede tener como resultado causar una lesión o muerte;

No se le avisó al empleado sobre el peligro, porque (el peligro) no era aparente;

El empleador deliberadamente escondió o mal representó el peligro para prevenir que el empleado hiciera un juicio informado sobre si debía hacer el trabajo.

Es importante saber que usted no puede proseguir con ambos compensación laboral y responsabilidad del empleador. Por favor, hable con su abogado sobre si la compensación laboral o la responsabilidad del empleador es una mejor opción al considerar los hechos de su caso. Cada caso se debe considerar basado en caso por caso.

Cuando una tercera persona es responsable por su accidente laboral, es posible que haya una reclamación adicional. Si usted fue lesionado por un defecto de una maquinaria, usted puede tener un caso de responsabilidad de producto además de su caso de accidente laboral. Si usted ha sido lesionado por un accidente de vehículo, usted también puede tener una reclamación por lesiones corporales en contra del conductor culpable o en el caso donde no tuviera suficiente cobertura, de su propia cobertura por conductor sin cobertura.

Cada caso debe ser calculado por sus propios hechos relevantes. Por favor, póngase en contacto con nuestra oficina para discutir su situación para poder evaluar cuales reclamaciones usted puede hacer.

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